AUTO SAO No. 00133 – 21

 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE SANTANDER – C.A.S.

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFERTA DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CAS.

AUTO SAO No. 00133 – 21

San Gil, 21 ABR 2021

Mediante Resolución DGL No.00000265 de febrero de 2012, la Corporación Autónoma Regional de Santander, aprobó el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos del municipio de Capitanejo, representado por la alcaldía Municipal, como responsable de la prestación del servicio de alcantarillado del municipio citado. El término del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos es por Diez (10) años…

DISPONE:

PRIMERO: Admitir la solicitud de actualización del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, del municipio de Capitanejo, Departamento de Santander, presentada por

La ALCALDÍA MUNICIPAL DE CAPITANEJO, identificada con Nit No. 890.205.1119-8.

SEGUNDO: Declárese iniciado el presente trámite de evaluación ambiental a la solicitud de actualización del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, del municipio de Capitanejo, Departamento de Santander, identificada con Nit No. 890.205.1119-8, a través de su representante legal.

TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993, el encabezamiento y la parte resolutiva de la presente providencia deberá ser publicado en un periódico de amplia circulación regional dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de ejecutoria de la misma y la constancia de la publicación deberá ser allegada a la Subdirección de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander C.A.S., para ser anexado al Expediente CAS No. 008-1994 U, 961-2002 0015-2007.

CUARTO: Por la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la C.A.S., conforme al Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, notifíquese el contenido de la presente providencia a la ALCALDÍA MUNICIPAL DE CAPITANEJO, identificada con Nit No. 890.205.1119-8, a través de su representante legal, a quien se le hará entrega de una copia de la presente providencia.

Parágrafo: De no ser posible la notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

CARLOS HUMBERTO SILVA PINZÓN

Subdirector de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana SAO (Hay firma).

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