AUTO SAO.207.2023

 


SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFERTA DE LOS RECURSOS

NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

AUTO SAO.207.2023 –

San Gil, 25-04-2023 05:14

Que mediante Radicado CAS No. 80.30.4952.2023 del 28 de marzo de 2023, el señor RUBERTINO RAVELO VELANDIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.643, en calidad de beneficiario del ARE-TB8-17021, radica nuevamente Solicitud de Licencia Ambiental temporal, como respuesta al oficio anteriormente mencionado…

DISPONE

PRIMERO: Admitir la solicitud de LICENCIA AMBIENTAL TEMPORAL para la explotación de carbón bajo tierra en los municipios de Enciso y San Miguel, departamento de Santander, actividad amparada por el Área de Reserva Especial ARETB8-17021. Solicitud presentada por los señores RUBERTINO RAVELO VELANDIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.643, y los señores FREDY ARNALDO NIÑO CÁRDENAS identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.782, JAIME MEDINA SANDOVAL identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.428, OMAR MANRIQUE MACHADO identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.440, y WILLIAM ROJAS BLANCO identificado con cédula de ciudadanía No. 13.922.195.

SEGUNDO: Declárese iniciado el presente trámite de Evaluación Ambiental a la solicitud de LICENCIA AMBIENTAL TEMPORAL para la explotación de carbón bajo tierra en los municipios de Enciso y San Miguel, departamento de Santander, actividad amparada por el Área de Reserva Especial ARETB8-17021. Solicitud presentada por los señores RUBERTINO RAVELO VELANDIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.643, y los señores FREDY ARNALDO NIÑO CÁRDENAS identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.782, JAIME MEDINA SANDOVAL identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.428, OMAR MANRIQUE MACHADO identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.440, y WILLIAM ROJAS BLANCO identificado con cédula de ciudadanía No. 13.922.195.

TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 71 Ley 99 de 1993 el encabezamiento y la parte resolutiva de la presente providencia deberá ser publicada en un periódico de amplia circulación regional dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la ejecutoria de la misma y la constancia deberá ser allegada a la Subdirección de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana, de la Corporación Autónoma Regional de Santander CAS, para ser anexada al Expediente CAS 210.40.00058.2023.

CUARTO: Por la Subdirección de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana, de la Corporación Autónoma Regional de Santander CAS, conforme al artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, notifíquese a RUBERTINO RAVELO VELANDIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.643, y los señores FREDY ARNALDO NIÑO CÁRDENAS identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.782, JAIME MEDINA SANDOVAL identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.428, OMAR MANRIQUE MACHADO identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.440, y WILLIAM ROJAS BLANCO identificado con cédula de ciudadanía No. 13.922.195 a los correos electrónicos aretb817021.enciso@gmail.com y ravelovelandia01@gmail.com a quienes se les hará entrega de una copia de la presente providencia, dejando la respectiva constancia dentro del Expediente CAS No. 210.40.00058.2023.

Parágrafo: De no ser posible la notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE,

ANA CELINA CASTELLANOS VELANDIA

Subdirectora de Administración de la Oferta de Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana. (Hay firma).

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