NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES,
EDUCACIÓN AMBIENTAL Y
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
AUTO SAO.207.2023 –
San Gil, 25-04-2023 05:14
Que mediante Radicado
CAS No. 80.30.4952.2023 del 28 de
marzo de 2023, el señor RUBERTINO RAVELO
VELANDIA, identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.643, en calidad
de beneficiario del ARE-TB8-17021, radica nuevamente Solicitud de Licencia
Ambiental temporal, como respuesta al oficio anteriormente mencionado…
DISPONE
PRIMERO: Admitir la solicitud de LICENCIA
AMBIENTAL TEMPORAL para la explotación de carbón bajo tierra en los municipios
de Enciso y San Miguel, departamento de Santander, actividad amparada por el
Área de Reserva Especial ARETB8-17021. Solicitud presentada por los señores RUBERTINO RAVELO VELANDIA, identificado
con cédula de ciudadanía No. 74.321.643, y los señores FREDY ARNALDO NIÑO CÁRDENAS identificado con cédula de ciudadanía
No. 74.321.782, JAIME MEDINA SANDOVAL
identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.428, OMAR MANRIQUE MACHADO identificado con cédula de ciudadanía No.
13.924.440, y WILLIAM ROJAS BLANCO
identificado con cédula de ciudadanía No. 13.922.195.
SEGUNDO: Declárese iniciado el presente
trámite de Evaluación Ambiental a la solicitud de LICENCIA AMBIENTAL TEMPORAL
para la explotación de carbón bajo tierra en los municipios de Enciso y San
Miguel, departamento de Santander, actividad amparada por el Área de Reserva
Especial ARETB8-17021. Solicitud presentada por los señores RUBERTINO RAVELO VELANDIA, identificado
con cédula de ciudadanía No. 74.321.643, y los señores FREDY ARNALDO NIÑO CÁRDENAS identificado con cédula de ciudadanía
No. 74.321.782, JAIME MEDINA SANDOVAL
identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.428, OMAR MANRIQUE MACHADO identificado con cédula de ciudadanía No.
13.924.440, y WILLIAM ROJAS BLANCO
identificado con cédula de ciudadanía No. 13.922.195.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en
el Artículo 71 Ley 99 de 1993 el encabezamiento y la parte resolutiva de la
presente providencia deberá ser publicada en un periódico de amplia circulación
regional dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la ejecutoria de la
misma y la constancia deberá ser allegada a la Subdirección de Administración
de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación
Ambiental y Participación Ciudadana, de la Corporación Autónoma Regional de
Santander CAS, para ser anexada al Expediente
CAS 210.40.00058.2023.
CUARTO: Por la Subdirección de Administración
de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación
Ambiental y Participación Ciudadana, de la Corporación Autónoma Regional de
Santander CAS, conforme al artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo, notifíquese a RUBERTINO RAVELO VELANDIA, identificado con cédula de ciudadanía
No. 74.321.643, y los señores FREDY
ARNALDO NIÑO CÁRDENAS identificado con cédula de ciudadanía No. 74.321.782,
JAIME MEDINA SANDOVAL identificado
con cédula de ciudadanía No. 13.924.428, OMAR
MANRIQUE MACHADO identificado con cédula de ciudadanía No. 13.924.440, y WILLIAM ROJAS BLANCO identificado con
cédula de ciudadanía No. 13.922.195 a los correos electrónicos aretb817021.enciso@gmail.com
y ravelovelandia01@gmail.com
a quienes se les hará entrega de una copia de la presente providencia, dejando
la respectiva constancia dentro del Expediente
CAS No. 210.40.00058.2023.
Parágrafo: De no ser posible la notificación
personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente
providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el
Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE,
ANA CELINA CASTELLANOS VELANDIA
Subdirectora
de Administración de la Oferta de Recursos Naturales Renovables Disponibles,
Educación Ambiental y Participación Ciudadana. (Hay firma).