CORPORACIÓN
AUTÓNOMA REGIONAL DE SANTANDER – C.A.S.
SUBDIRECCIÓN
DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFERTA DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES
DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CAS.
AUTO SAO
No. 00217 – 21
San Gil, 31 MAY 2021
Que,
mediante Formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauce, Playas y
Lechos, radicado CAS No. 80.30.03739.2021
de fecha 08 de marzo de 2021, la Alcaldía
Municipal
de Molagavita, identificada con Nit No. 890.205.326-6, representada legalmente
por el señor JESÚS ALEXIS BARAJAS
BARAJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.718.205 expedida en Bucaramanga
– Santander, en calidad de Alcalde Municipal, allega documentación a la
Corporación Autónoma Regional de Santander CAS, para el permiso de Ocupación de
Cauce, para el desarrollo del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO PARA EL CASCO URBANO DEL MUNICIPIO DE MOLAGAVITA FASE 1 REDES DE
ALCANTARILLADO”…
DISPONE:
PRIMERO: Admitir la solicitud de Permiso de Ocupación de Cauce, para el
desarrollo del proyecto “Construcción de Acueducto y Alcantarillado para el municipio
de Molagavita - Fase 1; formulada por la Alcaldía Municipal de Molagavita, identificada
con Nit No. 890.205.326-6, representada legalmente por el señor JESÚS ALEXIS BARAJAS BARAJAS,
identificado con cédula de ciudadanía No. 13.718.205 expedida en Bucaramanga – Santander,
en calidad de Alcalde Municipal, o quien haga sus veces.
SEGUNDO: Declárese
iniciado el presente trámite de evaluación ambiental a la solicitud Permiso de
Ocupación de Cauce, para el desarrollo del proyecto “Construcción de Acueducto y
Alcantarillado para el municipio de Molagavita - Fase 1, de conformidad con el
Artículo 70 de la Ley 99 de 1993.
TERCERO: De
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993, el
encabezamiento y la parte resolutiva de la presente providencia deberá ser
publicado en un periódico de amplia circulación regional dentro de los diez
(10) días siguientes a la fecha de ejecutoria de la misma y la constancia de la
publicación y un ejemplar en original del diario deberá ser allegada a la
Subdirección de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales
Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma
Regional de Santander C.A.S., para ser anexado al Expediente CAS No. 210.50.00084.2021.
CUARTO: Por la Subdirección de la Administración de la Oferta de los
Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de
la C.A.S., conforme al Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo, notifíquese el contenido de la presente
providencia a la Alcaldía Municipal de Molagavita, identificada con Nit No.
890.205.326-6, representada legalmente por el señor JESÚS ALEXIS BARAJAS BARAJAS, identificado con cédula de ciudadanía
No. 13.718.205 expedida en Bucaramanga – Santander, en calidad de Alcalde
Municipal, o quien haga sus veces, a quien se le hará entrega de una copia de
la presente providencia, dejando la respectiva constancia dentro del Expediente CAS No. 210.50.00084.2021.
Parágrafo: De no ser posible la
notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69
del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente providencia no procede recurso
alguno, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de
2011.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
CARLOS
HUMBERTO SILVA PINZÓN
Subdirector de Administración de la Oferta de los Recursos
Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana
SAO (Hay firma).