AUTO SAO No. 00217 – 21

CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE SANTANDER – C.A.S.

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFERTA DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CAS.

AUTO SAO No. 00217 – 21

San Gil, 31 MAY 2021

Que, mediante Formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauce, Playas y Lechos, radicado CAS No. 80.30.03739.2021 de fecha 08 de marzo de 2021, la Alcaldía  

Municipal de Molagavita, identificada con Nit No. 890.205.326-6, representada legalmente por el señor JESÚS ALEXIS BARAJAS BARAJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.718.205 expedida en Bucaramanga – Santander, en calidad de Alcalde Municipal, allega documentación a la Corporación Autónoma Regional de Santander CAS, para el permiso de Ocupación de Cauce, para el desarrollo del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO PARA EL CASCO URBANO DEL MUNICIPIO DE MOLAGAVITA FASE 1 REDES DE ALCANTARILLADO”…

DISPONE:

PRIMERO: Admitir la solicitud de Permiso de Ocupación de Cauce, para el desarrollo del proyecto “Construcción de Acueducto y Alcantarillado para el municipio de Molagavita - Fase 1; formulada por la Alcaldía Municipal de Molagavita, identificada con Nit No. 890.205.326-6, representada legalmente por el señor JESÚS ALEXIS BARAJAS BARAJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.718.205 expedida en Bucaramanga – Santander, en calidad de Alcalde Municipal, o quien haga sus veces.

SEGUNDO: Declárese iniciado el presente trámite de evaluación ambiental a la solicitud Permiso de Ocupación de Cauce, para el desarrollo del proyecto “Construcción de Acueducto y Alcantarillado para el municipio de Molagavita - Fase 1, de conformidad con el Artículo 70 de la Ley 99 de 1993.

TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 71 de la Ley 99 de 1993, el encabezamiento y la parte resolutiva de la presente providencia deberá ser publicado en un periódico de amplia circulación regional dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de ejecutoria de la misma y la constancia de la publicación y un ejemplar en original del diario deberá ser allegada a la Subdirección de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander C.A.S., para ser anexado al Expediente CAS No. 210.50.00084.2021.

CUARTO: Por la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la C.A.S., conforme al Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, notifíquese el contenido de la presente providencia a la Alcaldía Municipal de Molagavita, identificada con Nit No. 890.205.326-6, representada legalmente por el señor JESÚS ALEXIS BARAJAS BARAJAS, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.718.205 expedida en Bucaramanga – Santander, en calidad de Alcalde Municipal, o quien haga sus veces, a quien se le hará entrega de una copia de la presente providencia, dejando la respectiva constancia dentro del Expediente CAS No. 210.50.00084.2021.  

Parágrafo: De no ser posible la notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

CARLOS HUMBERTO SILVA PINZÓN

Subdirector de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana SAO (Hay firma).

ChicamochaNews.net - Multilenguaje